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¿Quién paga los daños?

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Debido a las recientes rachas de aire provocadas por la décimo primera tormenta invernal que se presentó en la Ciudad de México, se registró la caída de 600 árboles, registrando alrededor de 70 autos dañados, según lo reportó la Secretaría de Protección Civil capitalina.

Pero en caso de haber sido víctima de las inclemencias del tiempo, ya sea por daño a la vivienda, auto o salud, hay que tener en cuenta que se puede exigir la reparación del daño. A continuación te presentamos algunas de estas situaciones.

Situación 1

Si un árbol se cae en las vías primarias (como avenidas, circuitos y ejes) el Gobierno de la Ciudad de México será el responsable de pagar los daños ocasionados a terceros y de levantar los escombros.

Si los árboles que se cayeron están en vías secundarias, las encargadas de hacer frente a los cargos del siniestro serán las delegaciones mediante sus seguros, así lo indicó el área de Servicios Urbanos de la Delegación Benito Juárez.

Situación 2

En cuanto a los espectaculares derribados por el viento, las empresas dueñas de estos, deben contar con un seguro de Responsabilidad Civil para hacer frente a cualquier incidente o siniestro que ocasionen.

Esta póliza la solicita el Gobierno de la Ciudad de México al momento de otorgar el permiso de su instalación en vías públicas, apunta el gobierno de la CDMX en su página de internet.

Sin embargo, el pago de ese seguro puede no llegar a manos del afectado.

Cuando sucede un incidente de este tipo, causado por condiciones ajenas a un humano, es decir por fenómenos naturales, no hay culpa y las aseguradoras tienen el derecho de no pagar los daños, así lo indicó el Gerente del Sector de Seguros en CAE México, Luis Carbajal.

En esta caso, le corresponde a los peritos de la delegación o del gobierno capitalino determinar si el espectacular efectivamente estaba mal puesto y si fue por esa razón que se cayó con el viento. Si es así, entonces la aseguradora de la empresa propietaria del anuncio deberá pagar los daños al conductor afectado, en caso contrario no está obligada a pagar.

Por su parte, los autos que cuentan con un seguro de cobertura amplia tendrán una protección de daños materiales (caída de árbol o espectacular), además del robo del vehículo, responsabilidad civil y gastos médicos de los ocupantes, servicio de arrastre y abogado.

Situación 3

En caso que el viento dañó los vidrios de tu vivienda y cuentas con un seguro de casa habitación con la cobertura de cristales, estos se te repondrán de inmediato. No obstante, los cristales no están cubiertos si es rotura accidental, es decir si el dueño de la vivienda tuvo algo que ver en el siniestro.

Situación 4

En una situación extrema, donde los vidrios rotos por el viento caigan hacia la calle y afecten a un transeúnte, aplicará lo mismo que en el caso del árbol.

La autoridad determinará si fue causa de un fenómeno meteorológico o culpa del dueño de la casa por tener en malas condiciones la ventana. Si es la última posibilidad, el dueño de la casa, a través de su seguro con cobertura de responsabilidad civil de casa habitación, pagaría los daños. Si la culpa la tuvo el viento, nadie paga.

Fuente: CNN Expansión

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